*El Art. 13 de la Ley del Seguro Social, anuncia las
modalidades de aseguramiento dirigidas a trabajadores independientes,
trabajadores del campo, pequeños negocios, trabajadoras domésticas y
continuación voluntaria.
* El Seguro de Salud para la Familia se encuentra dentro
de la modalidad 33, que protección en caso de enfermedades y maternidad.
Puebla. Pue. 27 de enero de 2019.- Parte de las incorporaciones que facilita el Instituto Mexicano del Seguro Social para otorgar sus servicios de salud, se encuentra la Afiliación Voluntaria, dirigida principalmente a todos aquellos trabajadores que no estén laborando en una empresa formal, que pretendan seguir cotizando de manera voluntaria y requieran la garantía de un servicio médico, así lo informó Francisco González Castillo, Jefe del Departamento de Supervisión de Afiliación Vigencia de la Delegación Puebla.
El jefe del Departamento explicó
que de acuerdo a la conformidad con la Ley del Seguro Social, la Afiliación al
IMSS comprende dos tipos de regímenes, el Obligatorio y el Voluntario, así como
los Seguros Especiales.
En fundamento legal, este
tipo de aseguramiento se encuentra dentro de las fracciones I, III, IV del
artículo 13 de la Ley del Seguro Social, que habla de las modalidades de
aseguramiento, entre ellas dirigidas a trabajadores independientes,
trabajadores del campo, pequeños negocios, trabajadoras domésticas y continuación
voluntaria.
Uno de los seguros
especiales es dirigido a estudiantes, como lo señala el Artículo 12 fracción
III de la Ley del Seguro Social. En cuanto al Seguro de Salud para la Familia,
los Artículos 240, 241, 84 y 242 de la misma ley, puntualizan que todas las
familias en México tienen derecho a un seguro de salud para sus miembros y para
ese efecto, podrán celebrar con el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Francisco González Castillo
detalló que existen modalidades que ofrece el Seguro Social para una Afiliación
Voluntaria, donde el costo depende de la cobertura y explicó lo siguiente:
En la modalidad 44 se
sitúan los trabajadores independientes como los profesionales, comerciantes de
pequeñas empresas, artesanos y demás trabajadores no asalariados, cubre los
seguros de enfermedad, invalidez y vida, maternidad y vejez. En este tipo de
aseguramiento se puede incluir a los beneficiarios legales con su mismo Número
de Seguridad Social, el pago es anual y el servicio es por todo el año.
En el caso de la modalidad
43 abarca a ejidatarios comuneros, colonos y pequeños propietarios, es decir la
incorporación voluntaria del campo al Régimen Obligatorio, cubre los seguros de
enfermedad y maternidad, invalidez y vida, y vejez, esta no incluye prestación
en dinero.
Por su parte la modalidad
35 incluye a patrones personas físicas con trabajadores asegurados a su
servicio, cubre riesgos de trabajo, enfermedad y maternidad, invalidez y
fallecimiento y vejez. Este otorga prestaciones, pero solo en el apartado de
riesgos laborales. Ellos pagarán además la cuota correspondiente a la prima
asignada para su actividad patronal.
En cuanto al Seguro de Salud para la Familia (modalidad 33) se da protección
únicamente en caso de enfermedades y maternidad, no tienen derecho a recibir
prestaciones y el costo se determinará por de manera individual de acuerdo al
grupo de edad de los integrantes.
La documentación que se
debe de presentar para tramitar este seguro son: Documento comprobatorio del
Número de Seguridad Social, Acta de Nacimiento original; identificación
oficial, Cédula CURP, Comprobante de domicilio (no mayor a tres meses a la
fecha del trámite) y acta de nacimiento de beneficiarios legales, cédula de
CURP y acta de matrimonio.
En la modalidad 34 incluye
a los trabajadores y trabajadoras domésticas, ofrece protección en el caso de
un riesgo laboral, enfermedad, maternidad, invalidez y fallecimiento, retiro o
desempleo a edad avanzada y vejez, sin derecho a prestación.
Dentro de los seguros
especiales para estudiantes se encuentran la modalidad 32, ofrecen protección de
Seguro de Enfermedades y Maternidad, como asistencia médico quirúrgica,
farmacéutica, hospitalaria y asistencia obstétrica.
Por último, González
Castillo informó que la población interesada en este tipo de aseguramiento
puede acudir a la subdelegación más cercana o marcar a los teléfonos de
atención 01 800 623 2323 de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 y sábado/domingo
08:00 a 14:00 horas y través de la página http://www.imss.gob.mx/imssdigital/